Regulaciones y Cumplimiento

Operamos bajo los más altos estándares de cumplimiento normativo y transparencia

Compromiso con el Cumplimiento

Tu seguridad y confianza son nuestra prioridad

En Cambios Camel, estamos comprometidos con el cumplimiento estricto de todas las leyes y regulaciones aplicables en materia de servicios de cambio de divisas. Operamos bajo licencias otorgadas por las autoridades regulatorias competentes y mantenemos los más altos estándares de integridad y transparencia.

Nuestro marco regulatorio está diseñado para proteger a nuestros clientes, prevenir actividades ilícitas y garantizar la seguridad de todas las transacciones realizadas a través de nuestra plataforma.

Normatividad y Requisitos

Estimado cliente, recuerde que para toda operación debe presentar su documento de identidad y suministrar la siguiente información.

Persona Natural:

  • Domicilio / Dirección de ubicación.
  • Número de teléfono.
  • Actividad económica / Ocupación / Oficio o Cargo.
  • Correo Electrónico.
  • Si tiene la calidad de PEPS (Persona Expuesta Políticamente).
  • Origen y destino de los recursos con los cuales hace la operación.

Las personas jurídicas, además deben presentar:

  • RUT.
  • Certificado de Existencia y Representación Legal.
  • Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
  • Poder especial si actúa en nombre o representación del representante legal de la empresa.
  • Certificado de composición accionaria (aplica para sociedades de tipo S.A.S o S.A).

Obligaciones Cambiarias

CAMBIOS CAMEL, divulga a sus usuarios y clientes la siguiente información con respecto a las obligaciones y responsabilidades cambiarias propias de la actividad de compra y venta profesional de divisas. (Res. 0210 del 8 de mayo de 2025 de la DIAN, R.E. 01 de 2018 y CE DCIP 83 de la JDBR y sus posteriores modificaciones):

  • Realizar todas las operaciones de compra y venta de divisas a través de las ventanillas y de la agencia autorizada por la DIAN utilizando los medios de pago autorizados.
  • Exigir y conservar una declaración de cambio por cada una de las operaciones de compra y venta de divisas, la cual deberá contener la identificación del declarante, del beneficiario de la operación y demás características que el Banco de la República exija.
  • Se debe efectuar un proceso de Debida Diligencia de los Clientes - DDC, mediante el recaudo y conservación de la información actualizada en forma permanente de los beneficiarios y declarantes.
  • Pagar en efectivo o mediante el uso de instrumentos de pago para operaciones superiores a 10.000 USD y diligenciar los formatos adoptados por la empresa soportando documentalmente cada transacción.
  • Para verificar la identidad de una persona jurídica se debe exigir los documentos que permitan identificar plenamente a la empresa y sus beneficiarios finales.
  • Para individualizar y verificar la identidad de una persona natural, se debe exigir la exhibición del documento de identidad en original, sea este la tarjeta de identidad, la cédula de ciudadanía, la cédula o tarjeta de extranjería, pasaporte o PPT. Copia del documento de identidad debe ser conservada por el término legal como soporte de la operación de cambio. Aplica únicamente para operaciones de compra y venta de divisas iguales o superiores a mil dólares (USD 1.000) o su equivalente en otras divisas.
  • Si el declarante actúa en nombre o representación de un tercero beneficiario, debe exigirse el poder, autorización o mandato mediante el cual actúa, junto con la copia del documento de identificación del mandante o beneficiario final.
  • Para las Personas Expuestas Políticamente - PEP's y a las personas naturales beneficiarios o declarantes pertenecientes a los países calificados por el GAFI como de mayor riesgo o no cooperantes, se les aplicara una Debida Diligencia del Cliente intensificada.
  • Suministrar la información y prestar la colaboración que requieran las autoridades de acuerdo a su competencia.
  • Cumplir con las obligaciones mercantiles y tributarias derivadas de su condición de comerciantes.
  • Informar por escrito cualquier cambio o modificación que se presente o afecte la información suministrada para obtener la autorización ante la DIAN.
  • Procesar y presentar ante la DIAN la información de todas las operaciones de compra y venta de divisas.
  • Fijar en un lugar visible del establecimiento copia de la respectiva autorización y el afiche institucional de la DIAN.
  • Dar cumplimiento a todas las obligaciones derivadas de la aplicación del SARLAFT-FPADM.
  • Tener designado un oficial de cumplimiento.
  • Dar cumplimiento a la obligación de reporte sobre las operaciones y de ROS ante la UIAF.
  • Mantener la capacidad, operativa, administrativa, financiera y técnica que permita el ejercicio de las operaciones.
  • Dar cumplimiento a las demás obligaciones señaladas en el régimen cambiario.